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Presentan iniciativa contra “terapias de conversión” en Quintana Roo

Proponen ley contra terapias de conversión en lucha por derechos LGBTTQ

La iniciativa de reforma esta siendo analizada en el Congreso de Quintana Roo, la cual busca penalizar todo acto que vulnere o vaya en contra del libre desarrollo de la personalidad, la orientación sexual, de la identidad o expresión de género, principalmente las “terapias de conversión”.

Esta propuesta fue presentada por la diputada María Fernanda Cruz Sánchez, quien tiene como propósito corregir el artículo 195 del Código Penal del Estado y de este modo establecer un nuevo capítulo que tipifique las “terapias de conversión” como un delito sujeto a sanciones de hasta seis años de prisión en la entidad.

Se debe tener en cuenta que las terapias de conversión abarcan prácticas, tratamientos o cualquier servicio que busque modificar, reprimir, reorientar, restringir, anular, suprimir o cambiar la orientación sexual o la identidad de una persona.

“Las terapias de conversión producen profundos daños físicos y psicológicos en las personas lesbianas, gays, bisexuales, transgénero o de género diverso de todas las edades, en todas las regiones del mundo. Las poblaciones LGBTTTQIA+ son más propensas a las ideas e ideación suicida, las cuales en la mayoría de los casos es motivada por la segregación y discriminación por su orientación sexual o expresión e identidad de género”, argumentó la diputada.

Actualmente, se debe considerar que la iniciativa continúa su análisis y evaluación en la Comisión de Justicia, la cual es presidida por el diputado Hugo Alday Nieto, quien aseguró que se trata de una reforma de gran relevancia para garantizar los derechos de la comunidad LGBTTTQIA+.

Asimismo, como parte del proceso final para su análisis, el diputado presidente citó a la Fiscalía General del Estado, la Comisión Estatal de los Derechos Humanos, el Tribunal del Estado con el propósito de recibir su postura y opiniones al respecto de la iniciativa.

Por lo que, de ser aprobada por todas las partes involucradas en la participación para garantizar estos derechos, se establecería sentencia a prisión de dos a seis años y una multa de mil a dos mil UMAS. Esta sentencia se aumentará al doble en los casos en donde se realizan contra de menores de 18 años, personas con discapacidad, no cuente con la capacidad de entender el hecho o exista un vínculo familiar.

Con información de Milenio

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